A- de 2020
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Luz Marina Caña Andrade
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La magistrada rechazó la demanda tras considerar que la misma no cumplía con ninguno de los requisitos formales exigidos en el artículo 2° del Decreto ley 2067 de 1991.
En el auto cuestionado se adujo que, con lo aportado por la accionante resultaba imposible extraer las normas que consideraba como trasgresoras de la Constitución Política, como quiera que su inconformidad estaba dirigida a múltiples hechos y decisiones tanto de la justicia como del ejecutivo.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que la recurrente no logró desvirtuar las razones que dieron lugar al rechazo de la demanda de inconstitucionalidad de la referencia y que fueron consignadas en el proveído cuestionado.
Con base en lo anterior se CONFIRMÓ la precitada providencia
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el auto del 4 de octubre de 2020, a traves del cual el despacho sustanciador rechazo la demanda correspondiente al expediente D-13643.
- Segundo. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a comunicar el contenido de esta decision a la recurrente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.